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rewrite this title in english La jueza apunta a que la Diputación de Badajoz creó para el hermano de Sánchez un puesto a la medida

10 months agoNo Comments6 Mins Read
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Summarize this content to 2000 words in 6 paragraphs in english La titular del Juzgado de Instrucción Número 3 de Badajoz, Beatriz Biedma, que investiga la supuesta contratación irregular de David Sánchez, hermano del presidente del Gobierno, en la Diputación de Badajoz, ha dictado este miércoles un auto en el que, además de ordenar la práctica de varias diligencias, afirma que “todo parece indicar que el puesto se creó para ser asignado” al hermano de Pedro Sánchez. La magistrada añade que, posteriormente, se acomodaron las funciones del cargo a las “preferencias personales” del familiar del presidente “de forma que no le fuera necesaria la asistencia diaria a su despacho profesional”. La jueza ―que ya ha apuntado en otras resoluciones judiciales su intención de concluir cuanto antes la investigación para decidir si la manda a juicio o no― añade que, si bien la asignación de este tipo de puestos de alta dirección es discrecional, en este caso considera que hay indicios de “arbitrariedad”, lo que constituiría un delito de prevaricación administrativa. En el momento en el que se decidió la creación de la plaza, en octubre de 2016, Pedro Sánchez acababa de ser obligado a dimitir como secretario general del PSOE tras una dura batalla interna en el partido. El abogado de David Sánchez ha avanzado a EL PAÍS que va a recurrir las diligencias ordenadas por la jueza.La investigación sobre el hermano del presidente del Gobierno se inició el pasado mayo después de que el pseudosindicato Manos Limpias presentara una denuncia sustentada en informaciones publicadas en prensa, según las cuales David Sánchez no realizaba las funciones que tenía asignadas en la Diputación de Badajoz, no acudía a su puesto de trabajo y residía en Portugal presuntamente para ahorrarse pagar impuestos en España. Además, afirmaba que el hermano del presidente tenía un patrimonio valorado en dos millones de euros, que calificaba de desproporcionado por el sueldo que percibía y su vida laboral anterior. Un informe de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil, luego respaldado por la entidad financiera donde el hermano de Sánchez tiene depositada acciones, descartó el supuesto enriquecimiento ilícito y, posteriormente, la propia jueza concluyó que tampoco existía ningún delito fiscal.Sin embargo, el documento elaborado por el instituto armado ya apuntaba que el puesto de trabajo que fue adjudicado a David Sánchez como coordinador de actividades de los conservatorios de la provincia de Badajoz se creó de modo apresurado en octubre de 2016 sin detallar las “necesidades primigenias” que se pretendían cubrir con él. No obstante, los investigadores no llegaban en su análisis a ninguna conclusión clara y, de hecho, admitían que hasta el momento no habían podido concretar “de quién partió la iniciativa” de crear el puesto.Desde entonces, la jueza ha tomado la declaración a Sánchez y a otros ocho investigados, entre ellos el secretario general del PSOE de Extremadura y presidente de la Diputación de Badajoz, Miguel Ángel Gallardo, además de a numerosos testigos. Entonces, tanto el hermano del presidente, que aseguró que encontró en internet la oferta laboral de coordinador de actividades de los conservatorios de la provincia de Badajoz, como Gallardo (insistió en que no conocía a este “de nada” hasta que entró a trabajar en la Diputación ni conocía su parentesco con el líder de su partido) negaron cualquier irregularidad en el proceso de creación y posterior adjudicación del puesto.Sin embargo, en el auto de este miércoles la jueza parece no dar credibilidad a sus testimonio y, al argumentar por qué rechaza la petición de seis de los investigados, entre ellos Gallardo, de sobreseer la causa contra ellos, apunta a la posible existencia de indicios de criminalidad tanto en la creación y adjudicación del puesto a David Sánchez, como en la posterior modificación de las funciones de este. Así, la magistrada afirma que haber encontrado deficiencias en el expediente para la creación del puesto e “irregularidades en el proceso de selección de los candidatos” que le llevan a pesar de que el puesto se creó “para ser asignado al señor Sánchez” cuando, precisamente, este buscaba trabajo. En este sentido, incide en que se hizo “patente la innecesaridad” de las funciones del cargo “pues no se dispuso que [el hermano del presidente] fuera sustituido por otro trabajador durante su excedencia y su baja de paternidad”.La jueza también destaca que en todo el proceso se intentó dar “apariencia de legalidad al procedimiento administrativo que tenía como finalidad el nombramiento del señor Sánchez como personal de alta dirección [de la Diputación de Badajoz] y la acomodación posterior de su puesto de trabajo a sus preferencias personales”. Esto último, añade la magistrada, “se concretó en que pasó a ocuparse casi en exclusiva de un proyecto de Ópera Joven que él mismo había propuesto en la documentación que presentó cuando aspiró al cargo”.La magistrada también apunta a supuestas irregularidades en el cambio de nombre del cargo. “El denominado ‘cambio de Nomenclatura’ parece ser que pretendía dar apariencia de legalidad a una realidad clamorosa consistente en el que el ‘Coordinador de las Actividades de los Conservatorios’ ya no realizaba ninguna de las funciones contenidas en su contrato de Alta Dirección de julio de 2017, como así resulta claramente de las declaraciones de los Directores de los Conservatorios” y de un informe elaborado por uno de los imputados en su día y que se ha incorporado a la causa.Para la jueza el objetivo de dicho cambio era que el hermano del presidente “se dedicara única y completamente al proyecto Ópera Joven desvinculándose de los conservatorios (como así lo entendieron los directores de éstos), sin asistir diariamente a su despacho, como al parecer era su intención y así lo demuestra el revelador y objetivo dato de carecer de despacho durante tiempo prolongado”.“No hay indicio mayor de la arbitrariedad de la creación de un puesto que la falta de necesidad del mismo, la celeridad en su provisión […], que dicha provisión tenga lugar cuando el candidato al que pretende otorgarse está, precisamente, buscando trabajo, y el dotar al procedimiento de una apariencia de legalidad a través del cumplimiento de trámites formales pero que en realidad ocultan la intención de satisfacer un interés distinto al general que debe perseguir cualquier actuación de la Administración Pública”, incide más adelante en el auto la jueza.

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